Transcurrido un mes de exposición pública del documento, podrán presentarse las solicitudes en la Gerencia Municipal de Urbanismo.

 

El alcalde de Los Realejos, Manuel Domínguez, y la concejala de Urbanismo, Laura Lima, informan que el gobierno local dispone ya de un borrador para la inminente aprobación de una nueva ordenanza municipal para la regulación de la ocupación del dominio público con mesas, sillas, parasoles y otros elementos auxiliares por parte de bares, tascas, cafeterías y restaurantes de la localidad.

“Entre otros objetivos, se persigue el de regularizar la situación de la ocupación del espacio público por parte de estos establecimientos, fijar unos criterios de homogeneidad y seguridad de dichas instalaciones en todo el municipio, favorecer y garantizar el tránsito y accesibilidad peatonales, y todo ello en consonancia con las medidas municipales de apoyo al sector de la restauración, especialmente castigado durante períodos de esta situación de emergencia sanitaria”, expone Manuel Domínguez.

“Es por ello que, además se plantea la excepcionalidad de la exención en el pago de la tasa de ocupación por período de un año, modificación que ha de contemplarse también en la ordenanza fiscal correspondiente”, avanza el alcalde de Los Realejos, quien alude a “continuar impulsando medidas de colaboración, en la medida de nuestras posibilidades, con el tejido empresarial de la localidad en un tiempo de necesario trabajo conjunto para la reactivación económica”.

Advierte Laura Lima que “el borrador la ordenanza de ocupación del dominio público, que se aprobará próximamente, se ha venido trabajando de manera coordinada con los propios interesados, propietarios o arrendatarios de establecimientos de restauración de la localidad, de quienes hemos recibido ideas y propuestas para alcanzar un documento de consenso”.

Aclara la concejala que “una vez aprobada y publicada la ordenanza, ha de transcurrir un mes de exposición pública de la misma, período tras el cual se podrá iniciar la presentación de solicitudes de ocupación del dominio público en la propia Gerencia Municipal de Urbanismo”.

Recuerda el alcalde realejero que “ya en el mes de diciembre de 2020 se impulsó la tramitación de autorizaciones exprés de instalación de terrazas de manera provisional vinculadas a la situación de emergencia sanitaria y el nivel de restricciones en la isla de Tenerife que por un período de tiempo prohibieron el uso de los espacios interiores de los establecimientos de restauración, pero en este período transitorio hemos vuelto a poner sobre la mesa la necesidad de la ordenación de este tipo de instalaciones exteriores bajo una nueva ordenanza, con una tarea coordinada desde distintos departamentos municipales”.

La nueva propuesta del gobierno local realejero recoge, entre otros requisitos para solicitar la ocupación de la vía, que los establecimientos en cuestión cuenten con fachada exterior o den frente a una calle peatonalizada o zona de aparcamientos en la vía pública, debiendo dejar siempre un espacio en la acera de al menos 1,50 metros medidos desde la línea de fachada hasta el primer elemento colocado, pasando a ser de 1,80 metros en urbanizaciones de nueva ejecución, no pudiendo disponer en dichas franjas ninguna clase de objeto que reduzca o dificulte el tránsito peatonal.

Con carácter general, este tipo de autorizaciones se otorgarán para la ocupación de la acera que se sitúe de manera colindante o adyacente a la línea de fachada sin poder sobrepasar el frente del local del que dependa, y excepcionalmente cuando no fuera posible así, y se tratase de vías de un solo sentido y con baja afluencia de tráfico, se podría autorizar la ocupación de la acera al otro lado de la calle, previa autorización con informe técnico municipal.

Se permitirá la ocupación de la vía pública en zona reservada de estacionamientos de vehículos, siempre que se justifique debidamente y mediante informe de la Policía Local que acredite las condiciones de tráfico y suficiencia de otros aparcamientos en la zona, excluyendo en esos casos la utilización de la acera.

El borrador de la ordenanza especifica los modelos y colores de tarimas a colocar, alturas y dimensiones máximas de las plataformas, las longitudes límites en función de la fachada y características del entorno, así como el tipo de estructuras y de mobiliario, de jardineras, de toldos, de vallados o paneles perimetrales, entre otros detalles que garanticen la homogeneidad de estas instalaciones y la garantía del respeto, la seguridad y la compatibilidad de los otros usos, peatonal o de tráfico, según su naturaleza, del dominio público utilizado.

En cuanto a la documentación que ha de presentarse en su momento por parte de los solicitantes, debe constar la licencia de apertura del local, comunicación previa de apertura o declaración responsable de su posesión, fotografía de la fachada del establecimiento, indicación de los elementos de mobiliario que pretende instalar y memoria descriptiva de sus características, un plano a escala de la planta viaria de la zona, elementos existentes de la vía pública, espacio y superficie cuantificada a ocupar y justificación del cumplimiento normativo de accesibilidad.

En caso de instalación de elementos de envergadura que requieran de una estructura, ha de acompañarse un documento técnico firmado que garantice su estabilidad y seguridad con el informe que acredite su correcta instalación. En caso de iluminación, ha de solicitarse expresamente y cumplir la normativa de aplicación sin que su instalación cause molestias a viandantes o vehículos. Todo ello ha de ir acompañado de una declaración responsable por la persona interesada que acredite que el establecimiento dispone de servicios higiénicos independientes para hombres y mujeres.